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Título : Caso 2012 - 0309 unidad judicial de niñez y adolescencia - manta: liquidación de pensión alimenticia. - vulneración a instrumentos internacionales que mandan a ponderar el principio del interés superior del menor frente al derecho al trabajo del alimentante
Autor : Rodríguez Pailacho, Miguel
Mendoza Perero, Joselito Antonio
Delgado Mosquera, Leder Aníbal
Palabras clave : Derecho humano
Pensión alimenticia
Normas legales
Fecha de publicación : 2015
Descripción : El principio del interés del denominado menor, niño o niña, es el llamado a imperar como derecho de aquel, frente a los derechos de las demás personas, como principio fundamental, un derecho humano que, cuenta con una convención propia de la que somos Estado parte como República del Ecuador. Históricamente, al menor siempre le correspondía el interés que a sus padres les pareciera como el mayor beneficio para ellos, a lo que los autores de este análisis califican como un interés subjetivo. Toda vez que al enfrentarse ante un divorcio, ante una adopción, ante una herencia, la experiencia define y deduce que es un interés que convenga según las circunstancias y según le beneficie a quien tenga la patria potestad del menor, o a su vez como en la realidad se ha evidenciado el interés se torna en el logro del malestar de la otra parte. Estamos seguros que muchos asentaron con la cabeza aseverando que sucede realmente. Pero no sólo basta con la enunciación internacional en una convención de Derechos Humanos, para lograr la efectiva aplicación de la norma o el ejecute de un derecho, más bien es el conocimiento de la esencia misma de la existencia de dicho principio, su contenido, su alcance, sus límites, su aplicación, y por supuesto su efecto jurídico, la que lleva a consagrar al derecho como tal. Con este preámbulo, y frente al mandato que ante una ponderación de derechos fundamentales es el Principio del interés del menor el que deberá ser superior e imperante; frente, al resto de derechos de las demás personas. Es decir estamos ante un in dubio pro infante, en caso de duda siempre se actuaría en beneficio del menor. El caso 2012 - 0309 de la Unidad Judicial de Niñez y Adolescencia de la ciudad de Manta, de la provincia de Manabí, de nuestra República del Ecuador, es un proceso de alimentos, en el que analizaremos la liquidación de la pensión alimenticia.A este caso se lo escogió por vulnerar instrumentos internacionales que mandan a ponderar el Principio del Interés Superior del Menor porque se enfrenta este principio a otro derecho fundamental como es el Derecho al Trabajo del alimentante. Deduciendo, como lo manifiesta en la argumentación que consta como la parte considerativa, y la motivación del operador de justicia para determinar que, el derecho del alimentante y al trabajo, está sobre el derecho del menor; que si no hay trabajo para el alimentante, éste no podrá cumplir con su obligación ante el beneficiario de la prestación económica para su alimento, condoliéndose de la necesidad de trabajar del alimentante, para cumplir con la responsabilidad de la pensión alimenticia. Socialmente, es aceptable dicha deducción, pero normativa y jurídicamente, el interés y derecho del menor determinan que es inaceptable tal ponderación, por atentar contra los derechos humanos del menor, reconocidos por los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos. Es una amenaza de pérdida de trabajo, la que exhorta y convence al juez a proveer la inmediata libertad del quien cumplía prisión frente a una boleta de apremio, emitida ante el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos.
URI : http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/1053
Aparece en las colecciones: Trabajo de titulación - Carrera de Derecho

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